Ante el previsto escenario del Brexit de salida «sin acuerdo» el próximo 12 de abril, el Reino Unido se convertirá en un tercer país sin disposiciones transitorias.

A partir de ese momento, todo el Derecho primario y derivado de la UE dejará de aplicarse al Reino Unido. No habrá período de transición, tal como se establece en el acuerdo de retirada. Lo que provocará importantes perturbaciones para ciudadanos y empresas.

Consejos Ante un Escenario de Salida “Sin Acuerdo” en el Brexit el 12 de abril

I. LAS RELACIONES DEL REINO UNIDO CON LA UE se regirán por el Derecho internacional público general, incluidas las normas de la Organización Mundial del Comercio.

II. La UE estará obligada a aplicar inmediatamente sus NORMAS Y ARANCELES en sus fronteras con el Reino Unido. Esto incluye:

  • Comprobaciones y controles de las NORMAS ADUANERAS, SANITARIAS Y FITOSANITARIAS, y
  • Verificaciones del cumplimiento de las normas generales de la UE.

III. A pesar de los considerables esfuerzos de preparación de las autoridades aduaneras de los Estados miembros, ESTOS CONTROLES PODRÍAN CAUSAR IMPORTANTES RETRASOS EN FRONTERA

Por ello, le aconsejamos, si todavía no lo ha hecho, a:

  1. REGISTRAR su empresa ante la autoridad aduanera nacional con el fin de poder realizar operaciones comerciales con países no pertenecientes a la UE.
  2. COMPRUEBE SI su empresa tiene los recursos y la capacidad necesarios (personal, acceso a sistemas informáticos, almacenamiento,…) y dispone de todas las autorizaciones aduaneras necesarias para importar o exportar.
  3. PREGUNTE a su autoridad aduanera nacional sobre las simplificaciones y facilidades aduaneras existentes de las que puede beneficiarse su empresa (reducción o dispensa de garantía, o simplificaciones para la inclusión de las mercancías en el régimen de tránsito)
  4. HABLE con sus socios comerciales (proveedores, intermediarios, transportistas, etc.), ya que el Brexit podría afectar también a su cadena de suministro.
  5. PÓNGASE EN CONTACTO CON SU REPRESENTANTE ADUANERO O TRANSITORIO, como ERTRANSIT, para recabar asesoramiento en los trámites necesarios y la preparación de la documentación necesaria. Los representantes aduaneros, como ERTRANSIT, deben estar inscritos en el registro previsto a estos efectos en la AEAT.
  6. CONOZCA LAS ÚLTIMAS ACTUALIZACIONES DE LA INFORMACIÓN ESPECÍFICA EN ESPAÑA: https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/BREXIT/BREXIT.shtml