Cuando hablamos de la estiba hay algunos términos básicos que conviene siempre recordar.

Estiba y trincaje son dos conceptos que hacen referencia a la acción de asegurar la carga que se va a transportar a través de un barco, avión o camión, para conseguir que no se mueva o desestabilice. Da igual que hablemos de palets, maquinaria, contenedores…

  • LA ESTIBA se refiere a la colocación y distribución adecuada de las mercancías en una unidad de transporte (UTC). Se trata de cualquier unidad de transporte (contenedor marítimo, caja móvil, vehículo de carretera, vagón de tren…), que se utiliza para llevar a cabo un transporte. La mayoría de las UTC tienen la facultad de poder ser usadas en transporte intermodal.
  • EL TRINCAJE (o sujeción) hace referencia a las técnicas que se emplean para asegurarnos de que las mercancías no se mueven durante el transporte.Tanto la estiba como el trincaje vienen condicionados por factores como las características del medio de transporte, la forma y el peso de las mercancías, o su envase y embalaje.El trincaje de contenedores minimiza riesgos en el transporte de mercancías. Por ello, en Ertransit realizamos un estudio claro y preciso de las características de la carga que se va a transportar. De esta forma, el cliente cuenta con un planteamiento a su medida adaptado a cada tipo de envío. Reducimos así los riesgos de accidentes y aseguramos la integridad de la mercancía transportada.
  • LA CONSOLIDACIÓN de la carga es el llenado de un contenedor con mercancía que procede de más de una fuente. Y por lo tanto, desconsolidación de carga es el vaciado de un contenedor con mercancía destinada a uno, dos o más destinatarios.

RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES IMPLICADAS EN LA ESTIBA DE LA MERCANCÍA

La encargada de preparar las mercancías con embalajes adecuados, en función del modo de transporte y al vehículo que se vaya a realizar, es la empresa cargadora. Del mismo modo, es la empresa cargadora quien tiene la responsabilidad de estibar y sujetar la carga de manera adecuada. Esto es así siempre, a excepción de aquellas ocasiones en las que las operaciones hayan sido expresamente contratadas con un operador logístico.

El artículo 20 de la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías establece que la responsabilidad de las operaciones de carga, descarga y distribución corre siempre a cargo del cargador en el lugar de origen, y las operaciones de descarga y desestiba corren a cargo del destinatario en el correspondiente lugar de destino.

Normalmente, el cargador se encarga directamente de ejecutar la acción o contrata a un tercero, previo acuerdo con el receptor de la mercancía. Lo fundamental es que este pacto quede expresamente documentado para definir tareas y responsabilidades.

POSIBLES CONSECUENCIAS DE UNA MALA ESTIBA

Normalmente, las causas de una mala estiba puede ser debido a:

  1. Incorrecto manipulado o colocación de la mercancía, dando lugar a diversos vicios, desplazamientos o daños de la misma.
  2. Uso de embalaje erróneo, equivocado o insuficiente.
  3. Falta de herramientas de ayuda a la sujeción, o colocación sin tener en cuenta aspectos como los ángulos de colocación, tensión, peso, etc.
  4. Diseño de los remolques, cajas o contenedores, que no tienen elementos de sujeción.
  5. Falta de la formación adecuada de los profesionales encargados de realizar estas tareas.

Ante cualquiera de estas situaciones las consecuencias pueden ser un gran problema social y empresarial, como:

  1. Daños físicos en las personas.
  2. Daños en las mercancías, con la consiguiente pérdida económica.
  3. Gastos adicionales. Puesto que se utilizan más material y más tiempo.
  4. Pérdida de ventas y de confianza de los clientes o destinatarios finales.
  5. Dificultad para encontrar proveedores cuando los problemas se repiten.
  6. Daños en los vehículos de transporte.
  7. Incremento en la prima que pagamos a los seguros.
  8. Etc.