SE ABRE EL PERÍODO PARA SOLICITARLO. PODEMOS AYUDARLE.
PLAZOS
- 1-20 OCTUBRE: Plazo para darse de alta en el REDEME.
- 1-30 NOVIEMBRE: una vez inscrito en el REDEME debemos presentar en plazo la declaración censal, modelo 036.
- 1 ENERO 2024: una vez se haya concedido, el IVA diferido se empezará a aplicar en aquellas declaraciones presentadas a partir del 1 de enero del 2024.
CÓMO
Nuestra compañía ERHARDT CUSTOMS es colaborador social de la Agencia Tributaria, por lo que podrá confiarnos la tramitación de la solicitud pertinente, así como el alta en el Régimen Especial de Devolución Mensual (REDEME) para las empresas que aún no presenten sus declaraciones mensualmente, requisito indispensable para poder solicitar el IVA diferido.
BENEFICIOS DE ACOGERSE AL IVA DIFERIDO
MEJORA LA CAPACIDAD FINANCIERA DE LA EMPRESA
El IVA se considera “diferido en la importación” cuando su pago se efectúa a través de las declaraciones y liquidaciones mensuales del contribuyente del IVA, en lugar de pagarse en el momento de presentación del DUA.
Esta práctica contribuye a mejorar la capacidad financiera de la empresa, ya que implica una compensación del pago del impuesto mediante las declaraciones y liquidaciones mensuales que realiza.
AHORRO EN TRÁMITES ANTE LA AGENCIA TRIBUTARIA
Cuando la Aduana tramite el DUA comprobará si el importador se ha acogido al IVA diferido. A partir de este momento no hará falta hacer ningún trámite adicional.
Además, en su caso, podría ahorrarse el trámite de reclamación ante la Agencia Tributaria cuando pudiera solicitarse la devolución del IVA o su compensación.